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Comisión Europea

¿Por qué necesitamos la Carta?

La Carta de los Derechos Fundamentales: su ámbito de aplicación y su relación con el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Contexto

La UE se fundamenta en los derechos fundamentales, la democracia y el Estado de Derecho. El artículo 2 del Tratado de la Unión Europea establece que «la Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres».

Estos valores están estrechamente vinculados y orientan la acción interior y exterior de la UE.

La acción de la UE en este ámbito se basa en los Tratados de la UE y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, que tiene el mismo valor que los Tratados. En la Carta se consagran los derechos fundamentales de las personas en la UE. Es un instrumento moderno y exhaustivo que protege y promueve los derechos y las libertades de las personas a tenor de la evolución de la sociedad, del progreso social y de los avances científicos y tecnológicos.

La Carta se aplica conjuntamente con los sistemas nacionales e internacionales de protección de los derechos fundamentales, como el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

    ¿Qué abarca?

    La Carta incluye una serie de derechos y libertades bajo seis títulos:

    • dignidad
    • libertades
    • igualdad
    • solidaridad
    • ciudadanía
    • justicia

    La Carta pasó a ser jurídicamente vinculante en la UE con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa en diciembre de 2009.

    Como reflejo de la sociedad moderna, la Carta incluye derechos fundamentales «de tercera generación» como los siguientes:

    • protección de datos
    • garantías en materia de bioética
    • administración transparente

    Derechos del niño

    El fomento y la protección de los derechos del niño son dos objetivos esenciales de la UE en los que el Tratado de Lisboa ha puesto mayor énfasis.

    Al consagrar los derechos del niño, la Carta:

    • reconoce que las políticas de la UE que afectan de manera directa o indirecta a los niños deben concebirse, aplicarse y controlarse teniendo en cuenta el principio del interés superior del menor,

    • garantiza a los niños el derecho a la protección y a los cuidados necesarios para su bienestar,

    • reconoce la necesidad de proteger a los menores de abusos, abandono, violaciones de sus derechos y situaciones que pongan en peligro su bienestar.

    En consonancia con la aplicación de la Carta, la Comisión Europea promueve la lucha contra el racismo, la xenofobia y la homofobia, así como la protección de las personas pertenecientes a minorías.

    Convenio de Derechos Humanos

    La Carta es coherente con el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Si la Carta contiene derechos que se derivan de este Convenio, su significado y alcance son los mismos.

    La Carta refuerza la protección de los derechos fundamentales al hacerlos más visibles y explícitos para los ciudadanos.

    En 2010, la Comisión Europea adoptó una estrategia para supervisar y garantizar la aplicación efectiva de los derechos y libertades de la Carta.