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Tipos de legislación de la UE

La Unión Europea se fundamenta en el Estado de Derecho. Por ello, las actuaciones de la UE tienen como base los Tratados democráticamente aprobados por sus miembros. La legislación de la UE contribuye a lograr los objetivos de los Tratados y lleva a la práctica las políticas de la UE. Hay dos tipos principales de Derecho de la UE: "Derecho primario" y "Derecho derivado". 

"Derecho primario" y "Derecho derivado"

Todas las acciones que emprende la UE se basan en los Tratados. Estos acuerdos vinculantes entre los Estados miembros establecen los objetivos de la UE, las normas aplicables a sus instituciones, la manera en que se toman las decisiones y la relación entre la Unión y sus integrantes.

La legislación de la UE tiene su origen en los Tratados, que reciben por ello la denominación de "Derecho primario".

El corpus legislativo que emana de los principios y objetivos de los Tratados se conoce como "Derecho derivado" y está integrado por reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes.

Actos legislativos y no legislativos

Los actos legislativos se adoptan con arreglo a alguno de los procedimientos (ordinario o especial) establecidos en los Tratados de la UE. Los actos no legislativos quedan al margen de dichos procedimientos y pueden ser adoptados por las instituciones de la UE según normas específicas. 

La UE solo puede aprobar legislación en aquellos ámbitos en que esté autorizada a hacerlo por sus miembros en virtud de los Tratados. 

Ámbitos de actuación de la UE

Cómo se adopta la legislación de la UE

Tratados de la UE

Los Tratados establecen los objetivos de la Unión Europea, las normas que deben seguir sus instituciones, los procedimientos para la toma de decisiones y la relación entre la UE y los Estados miembros. Los Tratados se han ido modificando con el tiempo para reformar las instituciones de la UE, ampliando sus ámbitos competenciales, o para permitir la adhesión de nuevos países.

Todos los Estados miembros de la UE negocian y aprueban los Tratados, que después se someten a la ratificación de los parlamentos nacionales, en su caso previo referéndum.

Reglamentos

Los reglamentos son actos jurídicos que se aplican de manera automática y uniforme en todos los países de la UE desde su entrada en vigor, sin necesidad de incorporación al Derecho nacional. Son obligatorios, en todos sus elementos, en los Estados miembros.

Directivas

Las directivas imponen a los Estados miembros de la UE la consecución de un determinado resultado, dándoles libertad para elegir los medios. Para alcanzar los objetivos fijados por cada directiva, los países de la UE deben adoptar medidas que permitan incorporarla al Derecho nacional (transposición). Las autoridades nacionales están obligadas a comunicar tales medidas a la Comisión Europea.

La transposición al Derecho nacional debe producirse en el plazo establecido en la propia directiva (suele ser, por lo general, de dos años). En caso de que un Estado miembro no incorpore una directiva a su Derecho interno, la Comisión puede incoar un procedimiento de infracción.

Cómo se adopta la legislación de la UE

Decisiones

La decisión será obligatoria en todos sus elementos. Cuando designe destinatarios, solo será obligatoria para éstos.

Recomendaciones

Las recomendaciones permiten a las instituciones de la UE dar a conocer sus puntos de vista y sugerir una línea de actuación sin imponer obligaciones legales a quienes se dirigen. No son vinculantes.

Dictámenes

Un dictamen es un instrumento que permite a las instituciones de la UE emitir una opinión, sin imponer obligación legal alguna sobre el tema al que se refiere. Los dictámenes no son vinculantes.

Actos delegados

Los actos delegados son actos jurídicamente vinculantes por los que la Comisión completa o modifica elementos no esenciales de los actos legislativos de la UE (por ejemplo, para establecer medidas detalladas).

La Comisión adopta el acto delegado y, si el Parlamento y el Consejo no formulan objeciones, se produce su entrada en vigor.

Actos de ejecución

Los actos de ejecución son actos jurídicamente vinculantes a los que recurre la Comisión —bajo la supervisión de comités integrados por representantes de los Estados miembros— para establecer condiciones que garanticen una aplicación uniforme de la legislación de la UE.

Tratados de la UE