Tres principios
Tres principios determinan el contenido y la forma de la actuación de la UE:
- Atribución: la UE solo tiene la autoridad concedida por los Tratados de la UE, que han sido ratificados por todos los Estados miembros
- Proporcionalidad: la actuación de la UE no excederá de lo necesario para alcanzar los objetivos de los Tratados
- Subsidiariedad: en los ámbitos en que pueden actuar tanto los gobiernos nacionales como la UE, esta interviene solo si su actuación es más eficaz.
Solo la UE puede legislar
En algunos ámbitos, solamente puede promulgar leyes la UE y la función de los Estados miembros se limita a aplicar la legislación, a menos que la UE les autorice a aprobar algunas leyes. En estos ámbitos, la UE tiene lo que los Tratados denominan competencias exclusivas:
- Unión aduanera
- Normas de competencia en el mercado único
- Política monetaria en los países de la zona del euro
- Comercio y acuerdos internacionales (en determinadas circunstancias)
- Animales y vegetales marinos regulados por la política pesquera común
Pueden legislar la UE o los gobiernos nacionales
En otros ámbitos, tanto la UE como los países miembros pueden promulgar leyes, pero solo si la UE no ha propuesto ya legislación al respecto o ha decidido que no lo va a hacer. En estos ámbitos, la UE tiene lo que los Tratados denominan competencias compartidas:
- Mercado único
- Empleo y asuntos sociales
- Cohesión económica, social y territorial
- Agricultura
- Pesca
- Medio ambiente
- Protección de los consumidores
- Transporte
- Redes transeuropeas
- Energía
- Justicia y derechos fundamentales
- Migración y asuntos de interior
- Salud pública (para los aspectos definidos en el artículo 168 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)
- Investigación y espacio
- Cooperación para el desarrollo y ayuda humanitaria
Los Estados miembros legislan y la UE ayuda
En otros ámbitos, la UE solo puede apoyar, coordinar o complementar la actuación de los países miembros. No tiene competencias para promulgar leyes y no puede interferir con la capacidad de los Estados miembros para hacerlo. En esos ámbitos, la UE tiene lo que los Tratados denominan competencias de apoyo:
- Salud pública
- Industria
- Cultura
- Turismo
- Educación y formación, juventud y deporte
- Protección civil
- Cooperación administrativa
Función especial de la UE
En algunos ámbitos, la UE tiene las siguientes competencias especiales que le permiten desempeñar un papel específico o ir más allá de lo normalmente establecido en los Tratados:
- Coordinación de las políticas económicas y de empleo
- Definición y aplicación de la Política Exterior y de Seguridad Común
- "Cláusula de flexibilidad", que le permite, bajo estrictas condiciones, intervenir fuera de sus ámbitos habituales de responsabilidad.