Ir al contenido principal
Logotipo de la Comisión Europea
Comisión Europea

Base de datos EDES

Lista de las personas o entidades excluidas de los contratos financiados por el presupuesto de la UE, entre otras razones, por falta profesional grave, fraude, corrupción y otras actividades delictivas, o por deficiencias significativas en el cumplimiento de sus principales obligaciones contractuales.

Lista de los operadores económicos excluidos o sujetos a sanción pecuniaria

Los operadores económicos que se enumeran a continuación han sido excluidos de la participación en los procedimientos de contratación pública de la UE, los procedimientos de concesión de subvenciones, los procedimientos de concesión de premios, los instrumentos financieros y los procedimientos de selección de expertos o de cualquier otra forma de contribución a cargo del presupuesto de la UE durante los períodos mencionados, y/o se les ha impuesto una sanción pecuniaria. Por lo tanto, no se les puede adjudicar ningún contrato financiado con cargo al presupuesto de la UE.
Hay que tener en cuenta que la lista que figura a continuación se refiere únicamente a los casos en los que se ha adoptado una decisión de publicación para, en caso necesario, reforzar el efecto disuasorio de las sanciones. Otros casos de exclusiones y sanciones pecuniarias se enumeran en la base de datos de la Comisión (EDES-DB), a la que solo pueden acceder los usuarios autorizados que participan en la ejecución del presupuesto de la UE.
La publicación de las sanciones administrativas está sujeta a una decisión del ordenador competente y se refiere a las situaciones de exclusión enumeradas en el artículo 136, apartado 1, letras c) a h), del Reglamento Financiero, que son:

  • falta profesional grave;
  • fraude, corrupción, participación en una organización delictiva, blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, delitos de terrorismo o delitos ligados a actividades terroristas;
  • deficiencias significativas en el cumplimiento de las principales obligaciones durante la ejecución de un contrato financiado por el presupuesto;
  • irregularidad;
  • creación de una entidad para eludir las obligaciones fiscales y sociales;
  • elusión de obligaciones fiscales y sociales por parte de una entidad.

La decisión de publicar se adopta de conformidad con los criterios del principio de proporcionalidad (gravedad de la situación, en especial las repercusiones para los intereses financieros y la imagen de la Unión, el tiempo transcurrido desde la conducta de que se trate, su duración y reiteración, la intención o el grado de negligencia, el importe limitado de que se trate) y en consonancia con la protección de los datos personales. Véase el artículo 136, apartado 3, del Reglamento Financiero.
En caso de exclusión, la información publicada se retirará tan pronto como finalice el plazo de exclusión. En caso de sanción pecuniaria, la publicación se retirará seis meses después de que sea abonada dicha sanción. Véase el artículo 140 del Reglamento financiero.