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Ámbitos de actuación de la UE

La Unión Europea solamente puede intervenir en los ámbitos para los que cuente con la autorización de los Estados miembros, a través de los Tratados. Los Tratados especifican quiénes pueden promulgar leyes en los distintos ámbitos: la UE, los gobiernos nacionales o ambos.

Tres principios

Tres principios determinan el contenido y la forma de la actuación de la UE:

  • Atribución: la UE solo tiene la autoridad concedida por los Tratados de la UE, que han sido ratificados por todos los Estados miembros
  • Proporcionalidad: la actuación de la UE no excederá de lo necesario para alcanzar los objetivos de los Tratados
  • Subsidiariedad: en los ámbitos en que pueden actuar tanto los gobiernos nacionales como la UE, esta interviene solo si su actuación es más eficaz.

Solo la UE puede legislar

En algunos ámbitos, solamente puede promulgar leyes la UE y la función de los Estados miembros se limita a aplicar la legislación, a menos que la UE les autorice a aprobar algunas leyes. En estos ámbitos, la UE tiene lo que los Tratados denominan competencias exclusivas:

Pueden legislar la UE o los gobiernos nacionales

En otros ámbitos, tanto la UE como los países miembros pueden promulgar leyes, pero solo si la UE no ha propuesto ya legislación al respecto o ha decidido que no lo va a hacer. En estos ámbitos, la UE tiene lo que los Tratados denominan competencias compartidas:

Los Estados miembros legislan y la UE ayuda

En otros ámbitos, la UE solo puede apoyar, coordinar o complementar la actuación de los países miembros. No tiene competencias para promulgar leyes y no puede interferir con la capacidad de los Estados miembros para hacerlo. En esos ámbitos, la UE tiene lo que los Tratados denominan competencias de apoyo:

Función especial de la UE

En algunos ámbitos, la UE tiene las siguientes competencias especiales que le permiten desempeñar un papel específico o ir más allá de lo normalmente establecido en los Tratados:

  • Coordinación de las políticas económicas y de empleo
  • Definición y aplicación de la Política Exterior y de Seguridad Común
  • "Cláusula de flexibilidad", que le permite, bajo estrictas condiciones, intervenir fuera de sus ámbitos habituales de responsabilidad.