El objetivo de la seguridad en la Comisión es permitir que esta opere en un entorno seguro y protegido. Esta institución debe garantizar la seguridad de las personas, los activos y la información en la Comisión sobre la base de la Decisión (UE, Euratom) 2015/443 de la Comisión, sobre la seguridad de la Comisión, y la Decisión (UE, Euratom) 2015/444 de la Comisión, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE. Esto incluye, en particular, la integridad física de las personas y los bienes, la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información y de los sistemas de comunicación e información, así como el funcionamiento sin obstáculos de las operaciones de la Comisión.
En este contexto, la Comisión puede tener que tratar datos personales. Tales actividades de tratamiento se realizan de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 45/2001 y la Decisión n.º 1247/2002/CE.
Declaraciones de confidencialidad sobre los procedimientos pertinentes en materia de seguridad:
Documents
- 9 DE AGOSTO DE 2019
- 19 DE ABRIL DE 2022
- français(731.92 KB - PDF)
- 6 DE MAYO DE 2020
- français(495.62 KB - PDF)
- 19 DE ABRIL DE 2022
- 2 DE MAYO DE 2020
- 19 DE MARZO DE 2025