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Acuerdo de Retirada entre la Unión Europea y el Reino Unido

Información sobre los resultados de anteriores negociaciones: el Acuerdo de Retirada con sus capítulos sobre los derechos de los ciudadanos y el Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte.

El Acuerdo de Retirada celebrado entre la Unión Europea y el Reino Unido establece las condiciones de la retirada ordenada del Reino Unido de la Unión Europea, de conformidad con el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea.

El Acuerdo de Retirada entró en vigor el 1 de febrero de 2020, tras haber sido acordado el 17 de octubre de 2019. Consta, entre otros, de un Protocolo sobre Irlanda e Irlanda del Norte.

12 DE NOVIEMBRE DE 2019
Acuerdo de Retirada (texto jurídico completo)
24 DE ENERO DE 2020
Acuerdo de Retirada: preguntas y respuestas
6 DE JULIO DE 2020
The EU-UK Withdrawal Agreement explained (slides)
12 DE NOVIEMBRE DE 2019
Declaración política en la que se expone el marco de las relaciones futuras entre la Unión Europea y el Reino Unido

Qué abarca el Acuerdo de Retirada

  • Disposiciones comunes: establecen las cláusulas generales para una comprensión y un funcionamiento correctos del Acuerdo de Retirada.
  • Derechos de los ciudadanos: protegen las elecciones de vida de más de cinco millones de ciudadanos de la UE que residen en el Reino Unido y de más de un millón de ciudadanos del Reino Unido que residen en los países de la UE, salvaguardando su derecho de estancia y garantizando que puedan seguir contribuyendo a sus comunidades.
  • Cuestiones relativas a la separación: garantizan una liquidación paulatina y una retirada ordenada del Reino Unido que permitan, entre otras cosas: 
    • que los productos comercializados antes del fin del período transitorio según la normativa de la UE puedan seguir hasta su destino
    • proteger los derechos de propiedad intelectual existentes, incluidas las indicaciones geográficas
    • rescindir los procedimientos de cooperación policial y judicial en materia penal y otros procedimientos administrativos y judiciales
    • abordar la utilización y la protección de los datos y la información intercambiados antes de que finalice el período transitorio
    • tratar las cuestiones relacionadas con Euratom
  • Período transitorio (del 1 de febrero al 31 de diciembre de 2020), durante el cual la UE trate al Reino Unido como si fuese un Estado miembro, excepto en lo referente a su participación en las instituciones y en las estructuras de gobernanza de la UE. La UE y el Reino Unido emplearon estos meses en negociar el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido.
  • Liquidación financiera: garantiza que el Reino Unido y la UE cumplan todas las obligaciones financieras contraídas cuando el Reino Unido era miembro de la UE.
  • Estructura general de gobernanza del Acuerdo de Retirada: procura una gestión, una aplicación y un cumplimiento eficaces del Acuerdo, haciendo especial hincapié en unos mecanismos adecuados de solución de diferencias.
  • Irlanda: una solución jurídicamente operativa que evita una frontera rígida en la isla de Irlanda, protege la economía de toda la isla en su conjunto, así como el Acuerdo de Viernes Santo (Belfast) en todos sus aspectos, y conserva la integridad del mercado único de la UE.
  • Chipre: un Protocolo sobre las zonas de soberanía en Chipre para proteger los intereses de los chipriotas que vivan y trabajen en esas zonas de soberanía tras la retirada del Reino Unido de la UE.
  • Gibraltar: un Protocolo sobre Gibraltar que facilita una estrecha cooperación entre España y el Reino Unido en lo que atañe al Peñón sobre la aplicación de las disposiciones relativas a los derechos de los ciudadanos en virtud del Acuerdo de Retirada. El Protocolo también se refiere a la cooperación administrativa entre las autoridades competentes en una serie de ámbitos.

La aplicación del Acuerdo de Retirada requiere medidas tanto a nivel de la UE como de los Estados miembros.