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Mandato de la Secretaría General

La Secretaría General ocupa un lugar central en la Comisión Europea. Bajo la autoridad del presidente o de la presidenta, la Secretaría General está al servicio del Colegio de Comisarios y garantiza la colegialidad, la coherencia y la eficiencia de su actuación. La Secretaría General dirige y coordina el trabajo de la Comisión para garantizar que sus iniciativas y operaciones se ajustan a las orientaciones políticas del presidente o de la presidenta.

La Secretaría General vela por el buen funcionamiento de la institución, en coordinación con los demás servicios presidenciales y centrales.

En particular, la Secretaría General:

  • apoya al presidente o la presidenta, así como a los vicepresidentes ejecutivos y a los vicepresidentes de la Comisión, en sus tareas de coordinación;
  • configura los objetivos estratégicos, las políticas transversales y las prioridades operativas de la Comisión;
  • promueve las competencias institucionales y la buena gobernanza en la Comisión e impulsa el desarrollo de una administración de la UE moderna, transparente y con vocación de servicio, que actúe con arreglo a las normas más estrictas de ética e integridad;
  • garantiza el buen funcionamiento de los procesos de toma de decisiones de la Comisión;
  • ofrece asesoramiento y supervisa, junto con el Gabinete del Presidente, la aplicación de las normas deontológicas para los miembros de la Comisión;
  • dirige y coordina el trabajo político de la Comisión, desde su inicio hasta las negociaciones interinstitucionales, para garantizar la coherencia, la calidad y la ejecución oportuna, en consonancia con los principios de mejora de la legislación y elaboración de políticas basadas en datos contrastados;
  • coordina la política de la Comisión en materia de aplicación del Derecho de la UE;
  • actúa como intermediaria entre la Comisión y las demás instituciones, órganos y administraciones de la UE;
  • apoya al presidente o a la presidenta de la Comisión como miembro del Consejo Europeo y participante en otras reuniones de dirigentes;
  • apoya al presidente o a la presidenta en las cumbres con terceros países, en los contactos con los socios internacionales y en la participación en organizaciones y foros internacionales (tales como las Naciones Unidas, el G-7 y el G-20); actúa como intermediaria de la Comisión con el Servicio Europeo de Acción Exterior;
  • coordina el trabajo de la Comisión sobre políticas de dimensión internacional, como la aplicación del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y los acuerdos pertinentes con el Reino Unido;
  • dirige la aplicación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y coordina el Semestre Europeo, a través del Grupo de Trabajo de Recuperación y Resiliencia y en cooperación con las direcciones generales pertinentes;
  • coopera con entidades independientes y especializadas, como el Comité de Control Reglamentario, el Consejo Fiscal Europeo y su secretaría, el Servicio de Mediación y el responsable de la protección de datos de la Comisión.