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Document 52020XC0515(03)
Communication from the Commission EU Guidance for the progressive resumption of tourism services and for health protocols in hospitality establishments – COVID-19 2020/C 169/01
Comunicación de la Comisión Orientaciones de la UE para la reanudación progresiva de los servicios turísticos y para los protocolos sanitarios en los establecimientos de hostelería — COVID-19 2020/C 169/01
Comunicación de la Comisión Orientaciones de la UE para la reanudación progresiva de los servicios turísticos y para los protocolos sanitarios en los establecimientos de hostelería — COVID-19 2020/C 169/01
C/2020/3251
OJ C 169, 15.5.2020, p. 1–16
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
15.5.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 169/1 |
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN
Orientaciones de la UE para la reanudación progresiva de los servicios turísticos y para los protocolos sanitarios en los establecimientos de hostelería — COVID-19
(2020/C 169/01)
I. Introducción
1. |
La Comisión, en cooperación con el presidente del Consejo Europeo, presentó el 15 de abril de 2020 una hoja de ruta común europea (1) para el levantamiento gradual de las medidas de contención adoptadas como consecuencia de la pandemia de COVID-19. En ella figuran criterios y recomendaciones, dirigidas a los Estados miembros, sobre las condiciones para levantar las medidas y restablecer la libre circulación. La actuación debe ser gradual, e ir acompañada de medidas de distanciamiento físico y de prevención y control de las infecciones como elementos clave. |
2. |
Dado que la situación en materia de salud pública empieza a mejorar, los Estados miembros están considerando el levantamiento de las «medidas de restricción comunitarias», lo cual, a su vez, servirá para preparar un relajamiento seguro de las medidas preventivas y de protección, en particular de las restricciones generales de viaje. |
3. |
Con el posible levantamiento de las restricciones a las actividades relacionadas con los viajes, se prevé que los ciudadanos reanuden gradualmente los viajes nacionales y dentro de la UE. |
4. |
Levantar las medidas demasiado rápido podría producir un repunte repentino de las infecciones. Hasta que no se disponga de una vacuna, deben sopesarse las necesidades y los beneficios de los viajes y el turismo frente al riesgo de un repunte de los casos que exija que vuelvan a adoptarse medidas de confinamiento. |
5. |
A medida que se va reduciendo el rigor de las medidas de confinamiento, debe prestarse la máxima atención al mantenimiento de las medidas de distanciamiento físico entre las personas, a fin de reanudar con seguridad las actividades turísticas, que, por definición, atraen a personas de distintas zonas geográficas. |
6. |
La prioridad clave sigue siendo la protección de la salud de los ciudadanos, incluidos los trabajadores del sector turístico y los turistas. |
7. |
Las orientaciones establecen un marco común objetivo y no discriminatorio para los ciudadanos, las autoridades públicas, las empresas y las partes interesadas que trabajan en el sector turístico, con miras al restablecimiento gradual de los servicios turísticos. |
8. |
Las orientaciones ofrecen criterios y principios para el restablecimiento seguro y gradual de las actividades turísticas y para la elaboración de protocolos sanitarios para los establecimientos de hostelería. |
9. |
Las orientaciones se basan en el asesoramiento del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC). (2) Se fundamentan, asimismo, en la hoja de ruta europea para el levantamiento de las medidas de contención de la COVID-19. (3) Deben leerse en relación con las orientaciones publicadas por la Comisión sobre las restricciones temporales de los viajes no esenciales (4), el ejercicio de la libre circulación de los trabajadores (5), las medidas de gestión de fronteras (6), los pasajeros y otras personas que se encuentran a bordo de los buques (7), así como el restablecimiento progresivo de los servicios de transporte (8), y la Comunicación «Por un enfoque gradual y coordinado de la restauración de la libertad de circulación y del levantamiento de los controles en las fronteras interiores» (9). Por último, la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA) ha publicado medidas generales de seguridad sanitaria en materia de retorno a los lugares de trabajo (10). |
II. Principios para el restablecimiento seguro y gradual de la actividad turística
10. |
Los Estados miembros deben considerar detenidamente los siguientes criterios al tomar decisiones sobre la posible relajación de medidas comunitarias estrictas (11) para permitir que se reanuden las actividades turísticas:
|
11. |
La relajación de las medidas de contención debe basarse en un enfoque científico cuyo centro sea la salud pública y aplicarse en un marco coordinado implantado en cada Estado miembro. Dicho marco coordinado constituye la base para la reapertura de las empresas y los servicios relacionados con el turismo. Dado que se aproxima la temporada de vacaciones de verano, es fundamental que las empresas y los destinos turísticos cuenten con un asesoramiento adecuado en materia de salud pública. |
12. |
Debe llevarse a cabo una evaluación de la situación epidemiológica local para determinar el riesgo global que representa la reapertura de la actividad turística, a fin de evitar que la transmisión se extienda de los turistas a la población local y viceversa. |
13. |
Es necesario disponer de planes de preparación con criterios claros para retomar medidas de restricción en caso de que sean necesarias. |
14. |
Las recomendaciones de la hoja de ruta europea para el levantamiento de las medidas de contención de la COVID-19 incluyen principios especialmente pertinentes para el sector turístico, que deben mantenerse cuando se reanude su actividad. |
15. |
El levantamiento de las medidas debe ser gradual. Conviene sustituir las medidas más generales por otras más específicas, que permitan a las empresas reanudar la actividad turística gradualmente, a condición de que se apliquen medidas proporcionadas y eficaces para proteger la salud de los turistas y los trabajadores. |
16. |
El regreso al lugar de trabajo debe organizarse en consonancia con las «Orientaciones de la UE para un retorno seguro al lugar de trabajo» (17) y debe darse prioridad a los grupos menos amenazados y a los sectores que puedan facilitar la actividad económica, al mismo tiempo que se respetan las normas de seguridad y salud en el trabajo impuestas por la pandemia. |
17. |
Las medidas para restringir los servicios turísticos, así como las medidas de protección y prevención relacionadas con la salud, deben limitarse, en cuanto a su alcance y duración, a lo estrictamente necesario para proteger la salud pública. Además de ser objetivas y proporcionadas, todas las medidas deben estar debidamente justificadas, ser pertinentes y específicas para cada modo de servicio y no discriminatorias, así como mantener unas condiciones de competencia equitativas en el Mercado Único. |
18. |
El ECDC, en cooperación con los Estados miembros y el Centro Común de Investigación, está desarrollando y mantendrá continuamente un mapa (18) del nivel de transmisión de la COVID-19 a nivel subnacional. Se insta a los Estados miembros a que faciliten datos para garantizar que dicho mapa esté completo y actualizado, lo cual será beneficioso en todos los aspectos de la estrategia de desescalada (apertura/cierre de sectores económicos específicos; evaluación de las distintas estrategias para la realización de pruebas; eficacia de la evaluación de las medidas de protección individual, etc. Además, se insta a los Estados miembros a que faciliten datos actualizados sobre capacidad disponible en materia de hospitales, pruebas, vigilancia y rastreo de contactos, y a que publiquen criterios para levantar e imponer restricciones. El mapa de transmisión y las medidas de acompañamiento sirven de instrumento transparente para proporcionar, a nivel de la UE, una información que será utilizada por las autoridades, los operadores de transporte y las partes interesadas del sector turístico, así como por los ciudadanos para que tomen decisiones personales responsables sobre sus planes de vacaciones. |
III. Orientaciones de la UE para los protocolos sanitarios en los establecimientos de hostelería
19. |
Esta parte de las orientaciones propone principios para guiar a los Estados miembros en la concepción y la ejecución de las medidas de prevención y control de las infecciones y en los protocolos para los prestadores de servicios de hostelería, como hoteles y otros establecimientos de hostelería, a fin de garantizar mayor seguridad para los establecimientos turísticos y para la salud tanto de los clientes como de los trabajadores. |
20. |
Las orientaciones para los protocolos sanitarios no son vinculantes. Su objetivo es garantizar la coherencia en el desarrollo y la implementación de medidas de prevención y control de las infecciones mediante un enfoque coordinado en el marco de las regiones y de los Estados miembros. |
21. |
Además de seguir las recomendaciones y consideraciones operativas para la gestión de los riesgos relacionados con la COVID-19 emitidas por las autoridades sanitarias competentes, a saber, la Organización Mundial de la Salud (OMS) (19) y el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) (anexo), se insta a los Estados miembros a que tengan en cuenta las presentes orientaciones y elaboren los protocolos pertinentes en función de sus condiciones nacionales/regionales/locales específicas. |
22. |
Las medidas de salud pública en el sector turístico deberán cumplir las medidas generales aplicadas por las autoridades competentes y tener en cuenta las orientaciones en relación con el lugar de trabajo (20). Tales medidas también deberán cumplir la legislación de la UE en materia de protección de datos (21). |
23. |
Se insta a los Estados miembros a que colaboren estrechamente con las partes interesadas en la elaboración de medidas y protocolos de prevención y control de las infecciones, y se aseguren de que estos protocolos estén adaptados y sean proporcionales al tamaño y a la naturaleza del servicio prestado por los establecimientos de hostelería. Los Estados miembros deben considerar apoyar su implementación. |
24. |
Debe prestarse especial atención a las medidas de prevención y control de las infecciones y a los protocolos relacionados con las vacaciones de corta estancia y otros alojamientos de economía colaborativa. Las presentes orientaciones y sus principios son plenamente aplicables a estos tipos de servicios de hostelería y las posibles adaptaciones y alternativas no deberían comprometer, en ningún caso, la salud de los visitantes ni aumentar el riesgo de transmisión del virus. |
25. |
Las medidas para proteger la salud de los clientes y los trabajadores en los establecimientos de hostelería deben revaluarse y adaptarse con regularidad, teniendo en cuenta todos los conocimientos especializados y consideraciones pertinentes, para que sigan siendo proporcionales al nivel de las necesidades de salud pública de cada momento. |
26. |
A medida que se disponga de soluciones nuevas y más eficientes, conviene favorecer su utilización y suprimir las medidas menos eficaces o más gravosas. Debe respetarse el principio de relación coste-eficacia, lo que implica que, si existen varias opciones para lograr el mismo efecto a la hora de garantizar la salud de los clientes y los trabajadores, será preferible la menos costosa, especialmente en el caso de las pequeñas y medianas empresas (pymes). |
27. |
Se tendrán en cuenta los siguientes principios rectores para la elaboración de medidas de prevención y control de las infecciones y para los protocolos en los establecimientos de hostelería, a fin de prevenir la transmisión de la COVID-19 y garantizar la salud pública (en lo sucesivo, «los establecimientos»):
|
28. |
Los principios rectores anteriores serán tenidos en cuenta junto con las recomendaciones generales del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades que figuran en el anexo 1. |
IV. Conclusión
29. |
Se anima a los Estados miembros a compartir estas orientaciones con las autoridades competentes y a nivel regional y local. |
30. |
Se anima a las partes interesadas del sector turístico, como las asociaciones profesionales y las plataformas turísticas en línea, a que difundan y den a conocer estas orientaciones. |
31. |
Se insta a los Estados miembros a que cooperen permanentemente con el ECDC para garantizar que el mapa de transmisión mencionado en el punto 18 sea un instrumento transparente que proporcione información, a escala de la UE, que puedan utilizar las autoridades, los operadores de transporte y las partes interesadas del sector turístico. |
32. |
Se anima a los Estados miembros a que se planteen apoyar a los establecimientos de hostelería y, en general, a los establecimientos que prestan servicios turísticos en la ejecución de las presentes orientaciones y las medidas y protocolos pertinentes de prevención y control de las infecciones, así como a que supervisen su cumplimiento. A tal fin, los Estados miembros podrán utilizar los fondos nacionales y de la UE que estén disponibles. |
33. |
Sobre la base de estas orientaciones, la Comisión seguirá coordinándose con los Estados miembros para lograr un enfoque coherente de las medidas de prevención y control de las infecciones y de los protocolos en los establecimientos de hostelería y los establecimientos turísticos de la UE. |
34. |
Las presentes orientaciones deben facilitar a los Estados miembros y a las partes interesadas del sector turístico la elaboración de medidas y protocolos de prevención y control de infecciones que sean más específicos, en consonancia con las presentes orientaciones, así como la supervisión de su cumplimiento, mejorando de este modo las condiciones para que las empresas aumenten la confianza de los consumidores. |
35. |
La Comisión creará un sitio web específico con un mapa interactivo que combine información de los Estados miembros y del sector del turismo y los viajes, que contenga información sobre los protocolos y los regímenes de cumplimiento nacionales o sectoriales. |
36. |
Para apoyar a los Estados miembros, la Comisión facilitará el intercambio de mejores prácticas, entre otros, a través del Comité Consultivo en el Sector del Turismo. |
37. |
La Comisión seguirá colaborando con las autoridades públicas de los Estados miembros, las partes interesadas del sector turístico y las organizaciones internacionales para facilitar la aplicación de las presentes orientaciones. |
(1) Comisión Europea (CE). Hoja de ruta europea para el levantamiento de las medidas de contención de la COVID-19: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=uriserv:OJ.C_.2020.126.01.0001.01.SPA&toc=OJ:C:2020:126:TOC
(2) Cláusula de exención de responsabilidad: Las presentes orientaciones ofrecen consideraciones, desde el punto de vista de la salud pública, sobre la prevención y el control de la COVID-19 en el sector turístico, incluidas consideraciones dirigidas a los clientes antes, durante y después de su estancia en un lugar de alojamiento determinado, así como al personal, y mientras estén en restaurantes, cafeterías o bares por motivos relacionados con el turismo. Los parques temáticos o de atracciones, los museos o los cruceros, entre otros, quedan excluidos de las presentes orientaciones, las cuales señalan el enfoque que se recomienda que adopte el sector turístico, al mismo tiempo que reconocen las especificidades de los establecimientos turísticos de la UE y el EEE.
(3) DO C 126 de 17.4.2020, p. 1.
(4) COM(2020) 115 final, COM(2020) 148 final y C(2020) 2050 final (DO C 102 I, de 30.3.2020, p. 12).
(5) Comunicación de la Comisión sobre las directrices relativas al ejercicio de la libre circulación de los trabajadores durante la pandemia de COVID-19 (2020/C 102 I/03).
(6) C(2020) 1753 final (DO C 86 I, de 16.3.2020, p. 1).
(7) C(2020) 3100 final (DO C 119 I, de 14.4.2020, p. 1).
(8) C(2020) 3139.
(9) C(2020) 3250.
(10) COVID-19: REGRESO AL LUGAR DE TRABAJO. Adaptación de los lugares de trabajo y protección de los trabajadores, https://osha.europa.eu/es/publications/covid-19-back-workplace-adapting-workplaces-and-protecting-workers/view
(11) Tal como fueron descritas por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades en su evaluación rápida del riesgo de 23 de abril de 2020: https://www.ecdc.europa.eu/en/publications-data/rapid-risk-assessment-coronavirus-disease-2019-covid-19-pandemic-ninth-update
(12) https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/guidelines_on_eu_emergency_assistance_in_cross-bordercooperationin_heathcare_related_to_the_covid-19_crisis.pdf
(13) En la actualidad no se ha validado ni recomendado, con fines de diagnóstico, ninguna prueba rápida para la detección del SARS-CoV-2.
(14) https://www.ecdc.europa.eu/en/covid-19-contact-tracing-public-health-management.
(15) C(2020) 2523 final, de 16.4.2020.
(16) https://edpb.europa.eu/our-work-tools/our-documents/guidelines/guidelines-042020-use-location-data-and-contact-tracing_en
(17) Coronavirus: Orientaciones de la UE para un retorno seguro al lugar de trabajo, https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/ip_20_729
(18) https://covid-statistics.jrc.ec.europa.eu
(19) http://www.euro.who.int/en/health-topics/health-emergencies/coronavirus-covid-19/publications/2020/operational-considerations-for-covid-19-management-in-the-accommodation-sector-interim-guidance,-31-march-2020
(20) Coronavirus: Orientaciones de la UE para un retorno seguro al lugar de trabajo,
https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_20_729
Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo. COVID-19: Orientaciones para el lugar de trabajo [internet]. [actualizadas el 20 de abril de 2020; citadas el 4 de mayo de 2020]. Disponibles en: https://oshwiki.eu/wiki/COVID-19:_guidance_for_the_workplace#See
(21) Véase también la declaración del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD), https://edpb.europa.eu/sites/edpb/files/files/file1/edpb_statement_2020_processingpersonaldataandcovid-19_en.pdf
(22) https://ec.europa.eu/health/sites/health/files/ehealth/docs/covid-19_apps_en.pdf
(23) Comunicación de la Comisión «Orientaciones sobre las aplicaciones móviles de apoyo a la lucha contra la pandemia de COVID-19 en lo referente a la protección de datos» (DO C 124 I de 17.4.2020, p. 1).
(24) C(2020) 3139.
ANEXO
Recomendaciones generales del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades para el sector del turismo, en particular los establecimientos de hostelería
Disposiciones locales
Las medidas de salud pública en el sector del turismo deberán estar en consonancia con las medidas generales aplicadas por las autoridades locales y nacionales y tener en cuenta las orientaciones establecidas para el lugar de trabajo (1). Estas medidas para el sector del turismo deben ser al menos tan estrictas como las recomendaciones para el público en general.
Debe haber un diálogo permanente entre las autoridades locales y nacionales de salud pública y los lugares de alojamiento para garantizar que las normas y reglamentaciones más recientes en una zona geográfica determinada se comparten y se aplican, por ejemplo:
— |
disposiciones específicas para que los clientes, incluidos los de otros países, obtengan asesoramiento y tratamiento médico, incluido el acceso a la asistencia ambulatoria y hospitalaria, en caso de que presenten síntomas asociados a la COVID-19; |
— |
la obligación de que los propietarios de los alojamientos recojan información detallada sobre los datos de contacto, que sirva a las investigaciones de salud pública ante un caso declarado en el lugar de alojamiento. |
Comunicación y formación sobre los riesgos
Plan de acción
Los establecimientos deben establecer un plan de preparación que incluya las medidas que han de tomarse en cada uno de los siguientes períodos:
— |
Cuando se decida la reapertura y antes de la llegada de los clientes. Esta fase incluirá la información y formación del personal, así como la aplicación de las medidas necesarias de prevención de las infecciones en las instalaciones y el tipo de información que debe proporcionarse a los clientes antes de su llegada. |
— |
Durante la estancia de los clientes en los establecimientos, desde el registro de entrada hasta el registro de salida y |
— |
hasta catorce días después de que hayan abandonado el establecimiento. |
Deberá presentarse a todo el personal, y estar disponible en todo momento, un plan de acción específico que explique pormenorizadamente la función y las responsabilidades de cada uno.
Formación y gestión del personal
Formación:
— |
Todo el personal que trabaje en instalaciones turísticas debe conocer los síntomas de la COVID-19 (a saber, fiebre, tos, dolor de garganta, etc.) y recibir información sobre las medidas básicas de prevención y control de las infecciones. |
— |
Un trabajador que haya dado positivo por COVID-19 (o si algún miembro de su familia es un caso confirmado) no deberá entrar en el entorno de trabajo durante el período infectivo, según la definición de las autoridades sanitarias locales, normalmente hasta ocho días después de la aparición de los síntomas en los casos leves. |
— |
El personal que presente síntomas compatibles con la COVID-19 no podrá entrar en el entorno de trabajo, deberá aislarse y se le recomendará seguir las instrucciones de salud pública de las autoridades locales y buscar asistencia médica si los síntomas empeoran, conforme a las orientaciones establecidas a nivel local. |
— |
Debe contemplarse una formación específica para el personal sobre las medidas de prevención y control de las infecciones y sobre la actuación necesaria en caso de que los clientes presenten síntomas compatibles con la COVID-19. |
Gestión:
— |
El personal de edad avanzada y aquellos empleados con dolencias crónicas previas (por ejemplo, enfermedades cardiovasculares o pulmonares, inmunodeficiencia, tratamiento reciente del cáncer) a quienes la infección por COVID-19 sitúa en un riesgo más elevado en caso de contagio deberán ser destinados, en la medida de lo posible, a actividades que reduzcan el contacto con los clientes. |
— |
Deberán aplicarse medidas para reducir el número de empleados en el establecimiento, como trabajar desde casa para todo el personal que desempeñe funciones compatibles con el teletrabajo. |
— |
Deben considerarse medidas que disminuyan el número y el tiempo de los contactos físicos entre personas en el establecimiento, entre otras cosas sobre los turnos de trabajo, los turnos de comidas y el uso de teléfonos móviles y medios electrónicos de comunicación. |
Información a los clientes
— |
Antes de la llegada al lugar de alojamiento, los clientes recibirán información sobre las orientaciones de las autoridades sanitarias locales y sobre las medidas específicas que se hayan establecido en el lugar de alojamiento. Se deberá informar a los clientes de que deben suspender su estancia en caso de que tengan síntomas compatibles con la COVID-19 o hayan estado en contacto con una persona enferma o con síntomas indicativos de COVID-19 en los catorce días previos a su estancia prevista. |
— |
Delante de la entrada del establecimiento, deberá colocarse una señalización específica (infografía informativa) u otra información accesible, incluidas versiones adaptadas para personas con discapacidad visual, en la que se informe a los clientes de los signos y síntomas asociados a la COVID-19 con las instrucciones necesarias en caso de que desarrollen síntomas. El alojamiento también podría facilitar folletos con esta información. |
— |
En el momento de la partida, se pedirá expresamente a los clientes que notifiquen inmediatamente al lugar de alojamiento si presentan síntomas asociados a la COVID-19, o, si han dado positivo en una prueba, en los catorce días después de haber abandonado el alojamiento. |
— |
Los datos de contacto de los clientes deberán estar disponibles en caso de necesidad para el rastreo de contactos. |
Distanciamiento físico
— |
El virus SARS-CoV-2 se transmite principalmente a través de las gotitas respiratorias, el contacto directo con personas infectadas y el contacto indirecto con superficies u objetos contaminados (fómites) en el entorno inmediato. La distancia a la que se proyectan las gotas respiratorias grandes es de aproximadamente 1 metro cuando se respira, 1,5 metros cuando se habla y 2 metros cuando se tose (2). |
— |
El establecimiento debe garantizar que se mantiene el distanciamiento físico con arreglo a las orientaciones más recientes en las zonas comunes en las que es probable que los clientes se junten durante períodos de tiempo prolongados (es decir, más de quince minutos). |
— |
No será necesario pedir a los clientes que viajan juntos y que comparten habitación que mantengan la distancia física entre ellos. |
— |
Cuando no pueda garantizarse un distanciamiento físico, deberán considerarse medidas específicas para evitar la dispersión de gotitas mediante la instalación de mamparas de cristal o de plástico, por ejemplo, en la zona de la recepción. |
— |
Las instalaciones turísticas, como hoteles y restaurantes, deberán establecer un número máximo de clientes autorizados en cada local, así como prever el espacio necesario para garantizar el distanciamiento físico exigido. No debe superarse el número máximo de clientes. |
— |
Los eventos con fines de entretenimiento deberán aplazarse o cancelarse, a menos que pueda garantizarse el distanciamiento físico. |
— |
Deberán tomarse disposiciones especiales para los vehículos de transporte a fin de garantizar el distanciamiento físico. |
Medidas de prevención y control de las infecciones
Las empresas del sector turístico suelen ofrecer productos y servicios que propician concentraciones de personas en espacios cerrados (hoteles, restaurantes o cafés) o abiertos (zonas de camping, de playa o de piscina) durante largos períodos de tiempo, lo que incrementa la probabilidad de transmisión del virus. En todos los contextos en los que se suelen producir estas concentraciones de personas, será necesario considerar y aplicar medidas de distanciamiento físico y de prevención y control de las infecciones (medidas de protección individual y protocolos de limpieza y desinfección) (3). Entre estas medidas de prevención y control de las infecciones, cabe señalar las siguientes:
— |
Etiqueta respiratoria
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— |
Higiene de manos
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— |
Uso de mascarillas
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Ventilación
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— |
Limpieza y desinfección
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En caso de sospecha de infección de una persona por COVID-19 pruebas, rastreo de los contactos, aislamiento y cuarentena
Ante un caso sospechoso de COVID-19 entre los clientes o el personal durante el trabajo, el establecimiento deberá activar su plan de acción (10).
Se darán de inmediato a la persona afectada instrucciones de que debe usar mascarilla, y cumplir la etiqueta respiratoria y las prácticas de higiene de manos. Dicha persona deberá guardar una distancia física de 2 metros como mínimo con otras personas y disponer de su propio espacio de aislamiento con sus propias instalaciones sanitarias, siempre que sea posible.
Los servicios sanitarios locales a quienes, de conformidad con la legislación de la UE en materia de protección de datos, se notifique la existencia del caso sospechoso indicarán si procede realizar pruebas o adoptar otras disposiciones o el traslado de la persona a un centro sanitario (por ejemplo, un hospital) si se considera necesario de conformidad con los protocolos locales de atención médica.
Si se comprueba que el caso sospechoso es un caso probable o confirmado, se notificará a las autoridades locales de salud pública quienes orientarán sobre la conveniencia de proceder al rastreo de los contactos. En general, el rastreo de los contactos comienza inmediatamente después de que se notifique un caso probable o confirmado y suele ser responsabilidad de las autoridades locales de salud pública. Se pedirá a los establecimientos turísticos que cooperen y faciliten toda la información necesaria sobre otros clientes o miembros del personal que hayan estado en contacto con la persona afectada en el establecimiento dos días antes y catorce días después de la aparición de los síntomas.
Los miembros del personal que desarrollen síntomas deberán aislarse en su domicilio y consultar a un médico.
Cuando el caso sospechoso o confirmado de COVID-19 haya estado en un espacio cerrado, este espacio deberá ventilarse adecuadamente en primer lugar durante al menos una hora y después limpiarse en profundidad con un detergente neutro, para proceder a continuación a una descontaminación de las superficies utilizando un desinfectante eficaz contra los virus. Otra opción sería descontaminar con hipoclorito de sodio al 0,05-0,1 % o con productos a base de etanol (70 % como mínimo) después de la limpieza con un detergente neutro. Todos los productos textiles que hubieran podido contaminarse (por ejemplo, toallas, ropa de cama, cortinas, manteles, etc.) deberán lavarse en un ciclo de agua caliente (90 °C) con un detergente de lavado normal. Si no puede utilizarse un ciclo de agua caliente debido a las características del material, deberán añadirse al ciclo de lavado lejía u otros productos de lavado utilizados para la descontaminación de textiles.
Recomendaciones específicas para los hoteles
Se recomienda la adopción de las siguientes medidas para minimizar la posibilidad de transmisión de la COVID-19:
1. |
Administración/gestión
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2. |
Servicios de recepción y conserjería
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3. |
Restaurantes, salas para el desayuno y comedores, y bares
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4. |
Gimnasios
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5. |
Spas y piscinas cubiertas
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6. |
Instalaciones al aire libre (piscinas, playas y parques infantiles)
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7. |
Zonas de recreo para niños en el interior (por ejemplo, una guardería de hotel)
En caso de que las instalaciones permanezcan abiertas:
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8. |
Salas de conferencias y de reuniones
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9. |
Aseos
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10. |
Ascensores
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11. |
Huéspedes vulnerables
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12. |
Eventos
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Documentos con información adicional
1. |
«Prevención y control de infecciones durante la atención sanitaria de casos en los que se sospecha una infección por el nuevo coronavirus (nCoV): orientaciones provisionales». Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020
https://www.who.int/publications-detail/infection-prevention-and-control-during-health-care-when-novel-coronavirus-(ncov)-infection-is-suspected-20200125 |
2. |
«Agua, saneamiento, higiene y gestión de desechos en relación con el virus de la COVID-19: orientaciones provisionales». https://www.who.int/publications-detail/water-sanitation-hygiene-and-waste-management-for-covid-19 |
3. |
«Vigilancia mundial de la COVID-19 causada por la infección humana por el virus de la COVID-19 orientaciones provisionales». Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020 https://www.who.int/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019/technical-guidance/surveillance-and-case-definitions |
4. |
Considerations for quarantine of individuals in the context of containment for coronavirus disease (COVID-19) interim guidance [Consideraciones sobre la cuarentena de las personas en el contexto del confinamiento por la enfermedad del coronavirus (COVID-19): orientaciones provisionales]. Ginebra: Organización Mundial de la Salud; 2020 https://www.who.int/publications-detail/considerations-for-quarantine-of-individuals-in-the-context-of-containment-for-coronavirus-disease-(covid-19) |
(1) Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo. COVID-19: Orientaciones para el lugar de trabajo [internet]. [actualizadas el 20 de abril de 2020; citadas el 4 de mayo de 2020]. Disponibles en: https://oshwiki.eu/wiki/COVID-19:_guidance_for_the_workplace#See
(2) Bourouiba L.: Turbulent Gas Clouds and Respiratory Pathogen Emissions: Potential Implications for Reducing Transmission of COVID-19 [Nubes de gas turbulentas y emisiones de patógenos respiratorios: implicaciones para reducir la transmisión de la COVID-19]. Jama. 26 de marzo de 2020.
(3) Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades. Infection prevention and control in the household management of people with suspected or confirmed coronavirus disease [Prevención y control de la infección en la gestión domiciliaria de personas sospechosas o confirmadas de coronavirus (COVID-19) (documento en inglés)] [internet]. 31 de marzo de 2020 [4 de mayo de 2020]. Disponibles en: https://www.ecdc.europa.eu/sites/default/files/documents/Home-care-of-COVID-19-patients-2020-03-31.pdf.
(4) Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades. Using face masks in the community. Reducing COVID-19 transmission from potentially asymptomatic or pre-symptomatic people through the use of face masks [Uso de mascarillas en la comunidad. Reducir la transmisión de la COVID-19 por personas potencialmente asintomáticas o presintomáticas mediante el uso de mascarillas (documento en inglés)] [internet]. 8 de abril de 2020 [4 de mayo de 2020]. Disponibles en: https://www.ecdc.europa.eu/sites/default/files/documents/COVID-19-use-face-masks-community.pdf.
(5) Knibbs LD, Morawska L, Bell SC, Grzybowski P.: Room ventilation and the risk of airborne infection transmission in 3 health care settings within a large teaching hospital [Ventilación de las habitaciones y riesgo de transmisión aérea de la infección en tres entornos de cuidados médicos en un gran hospital universitario (documento en inglés)]. AM J. Infect Control. Diciembre de 2011; 39(10):866-72.
(6) Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades. Using face masks in the community. Reducing COVID-19 transmission from potentially asymptomatic or pre-symptomatic people through the use of face masks [Uso de mascarillas en la comunidad. Reducir la transmisión de la COVID-19 por personas potencialmente asintomáticas o presintomáticas mediante el uso de mascarillas (documento en inglés)] [internet]. 8 de abril de 2020 [4 de mayo de 2020]. Disponibles en: https://www.ecdc.europa.eu/sites/default/files/documents/COVID-19-use-face-masks-community.pdf
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(7) Organización Mundial de la Salud (OMS). «Ventilación natural para el control de las infecciones en entornos de atención de la salud» [internet]. 2009 [actualizado el 4 de mayo de 2020]. Disponibles en: https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/44167/9789241547857_eng.pdf?sequence=1
Federación de asociaciones europeas de calefacción, ventilación y aire acondicionado (Rehva) «Cómo operar y utilizar los servicios de construcción para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) (SARS-CoV-2) en los lugares de trabajo» [internet]. [actualizado el 17 de marzo de 2020; citadas el 4 de mayo de 2020]. Disponibles en: https://www.rehva.eu/fileadmin/user_upload/REHVA_covid_guidance_document_2020-03-17_final.pdf
(8) Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC). Disinfection of environments in healthcare and nonhealthcare settings potentially contaminated with SARS-CoV-2 [Desinfección de entornos sanitarios y no sanitarios potencialmente contaminados con SARS-CoV-2 (documento en inglés)]. Estocolmo: ECDC. 2020 [26 de abril de 2020]. Disponibles en: https://www.ecdc.europa.eu/en/publications-data/disinfection-environments-covid-19#no-link.
(9) Organización Mundial de la Salud (OMS). «Ventilación natural para el control de las infecciones en entornos de atención de la salud» [internet]. 2009 [actualizado el 4 de mayo de 2020]. Disponibles en: https://www.who.int/water_sanitation_health/publications/natural_ventilation/es/
(10) Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC). Rastreo de contactos: Public health management of persons, including healthcare workers, having had contact with COVID-19 cases in the European Union - second update Stockholm [Gestión de salud pública en el caso de personas, incluidos profesionales sanitarios, que hayan estado en contacto con la COVID-19 en la Unión Europea (documento en inglés)]. Segunda actualización, Estocolmo; ECDC. [27 de abril de 2020]. Disponibles en: https://www.ecdc.europa.eu/en/covid-19-contact-tracing-public-health-management